jueves, 26 de noviembre de 2015

Consecuencias del Cierre fronterizo Colombo-Venezolana

 

       Consecuencias del Cierre Fronterizo Colombo-Venezolana

  
    Después del cierre de la frontera entre Colombia y Venezuela, se detuvieron las actividades comerciales esto afecta el flujo de dinero entre Venezuela y Colombia, ya que, entre San Antonio del Táchira y Ureña existe demasiado comercio, además La región andina es caracterizada por ser una zona agrícola y las verduras y hortalizas no pueden ser enviadas a Caracas debido al cierre fronterizo. Así mismo, El economista Ronald Balza sostuvo que el cierre de la frontera provoco una reducción de obtención de capital en los comercios entre Venezuela y Colombia, Ronald también Ronald  expuso que por la zona de la frontera no solo pasa contrabando, sino que circulan personas; trabajadores y mercancía perfectamente legales y esto hiso que  la calidad de vida de los tachirenses se desmejorara así como también muchos municipios de Colombia; y los venezolanas los perjudico ya que se trasladaban a Colombia para comprar productos económicos. Por otra parte este cierre fronterizo Llevo a que los habitantes que Vivian en Venezuela fueran echados creando disgusto para la canciller colombiana al igual que para Colombia. Esto también creo conflictos y alborotos entre militares venezolanos y las personas que fueron echadas.
     
  Otra consecuencia fue la Zonificación del estado de excepción. ¿Qué es el estado de excepción? El Estado de Excepción puede ser definido como aquellas circunstancias extraordinarias que afecten gravemente la seguridad de las personas, de la Nación o de las instituciones, incluyendo estados de alarma, emergencia económica y conmoción interior o exterior. Una vez decretado, durante su vigencia pueden ser temporalmente restringidas algunas garantías constitucionales.
Durante la crisis entre Colombia y Venezuela, Nicolás Maduro, presidente de Venezuela, decretó el estado de excepción por zonas (compuestas de varios municipios) y el cierre de la frontera; dichas áreas son responsabilidad de los oficiales del Ejército Nacional. El estado de excepción está consagrado en la Constitución de Venezuela en los artículos 337, 338 y 33.  La zona 1 y 2 en el Edo. Táchira; la zona 3,4 y 5 en el Edo. Zulia; Zona 6 y 7 en el Edo. Apure por último el Edo. Amazonas con la zona 8.

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